Condiciones Generales.

CONDICIONES GENERALES Y NORMATIVA

 

Articulo1. Objeto

Estas Condiciones Generales tiene por objeto el regular las normativas de uso y funcionamiento del Área de acogida privada de autocaravanas al aire libre denominada COSTA BRAVA AREA, situado en la calle Devesa 42 de L’Estartit (17258), en adelante el “ÁREA”.

Artículo 2. Disposiciones generales. Definiciones.

  1. El ÁREA es gestionada por la mercantil FAUST-TOUR SL, con nif. B17491697 y domicilio para notificaciones en Pl. Lledoner 5 de Torroella de Montgrí (17257), en adelante “LA EMPRESA”
  2. La EMPRESA velará por el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento pudiendo informar a las autoridades competentes ante cualquier transgresión de este, así como queda facultada a expulsar del ÁREA y rescindir el contrato unilateralmente al usuario, en el caso que éste o sus acompañantes incumplan alguna de las normas de funcionamiento previstas en este reglamento
  3. Todos los usuarios y otras personas que accedan al ÁREA vienen obligadas a cumplir las disposiciones de este reglamento y deberán respetar y acatar las indicaciones que reciban de los empleados de LA EMPRESA, para el correcto uso y funcionamiento del AREA.
  4. El ÁREA objeto de este reglamento se ha previsto para un uso exclusivo de usuarios en rotación
  5. Usuario en rotación: Es aquella persona que adquiere el uso de una plaza numerada por un tiempo determinado y abona el precio correspondiente al tiempo de ocupación.
  6. Autocaravana: definida como categoría M, en el derecho europeo, como vehículo destinado al transporte de pasajeros (directiva 116/2001/CE), o en España. Según el anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, del 23 de diciembre.

Artículo 3. Las zonas del área.

Zona de Recepción.

Ubicada en la entrada donde se sitúa la recepción, el quiosco de contratación, las barreras de acceso y los aseos.

Zona Muelle y de servicios.

Espacio destinado a las tareas de mantenimiento y servicios:

  • vaciado de aguas grises por decantación al alcantarillado.
  • Fregaderos, baños y duchas
  • Grifos de agua potable con boquilla estándar para enganchar la manguera de llenado del depósito.
  • Borne de vaciado de casete químico (aguas negras) con un grifo de uso exclusivo para limpieza del casete.

Zona de Estacionamiento.

Espacio destinado al estacionamiento del vehículo.  Según la superficie se clasifican en tres tipologías, VIP, Superior y Standard. Las plazas están señalizadas y numeradas, divididas en cuatro sectores, (A -azul, B- rojo, C- amarillo, D- verde), para una mayor facilidad de ubicación dentro del Área. Algunos sectores disponen de enchufes para dar suministro eléctrico.

TipoSuperficielongitudanchura
VIP84 mt212,00 mt.7,00 mt.
SUPERIOR45 mt28,50 mt.5,30 mt.
STANDARD38 mt28,50 mt.4,50 mt.

 

Artículo 4. Derecho de admisión – estancias:

  1. Solo se admitirá la entrada a aquellas personas que, provistas del equipo mínimo necesario, vayan a practicar la actividad de estacionamiento con vehículos tipo autocaravanas (campers, capuchina, perfilada, integral,). El acceso de vehículos está controlado por barreras automatizadas.
  2. En el AREA se permite estacionar durante un máximo de 48h y utilizar sin restricciones los elementos propios de la vivienda del vehículo, así como cuñas de equilibrio o barras de estabilización. No podrán desplegarse elementos propios que desborden el perímetro de la parcela asignada tales como toldos mesas, sillas, etc., …
  3. La Zona de Estacionamiento y el Muelle, son de uso exclusivo de los clientes. El personal de la empresa puede requerir la identificación dentro de estas zonas a cualquier persona o vehículo.
  4. No se admitirá en el AREA, o se expulsará de la misma a quienes incumplan este reglamento de condiciones generales, las normas de convivencia, moralidad o decencia, o pretendan entrar o entren en aquella con el fin distinto al de realizar las actividades propias de este espacio.
  5. LA EMPRESA se reserva el derecho de admisión y a cerrar temporalmente las instalaciones por fuerza mayor. Se entiende por fuerza mayor cuando por causas externas al ejercicio de la actividad pueda poner en peligro a usuarios y empleados.

Artículo 5. Tarjeta de acceso y plaza.

  1. En la contratación del servicio, la EMPRESA expide una tarjeta tipo RFID, como dispositivo personal de acceso, la misma le da acceso ilimitado por el tiempo contratado al ÁREA.
  2. En caso de pérdida o robo de la tarjeta, deberá comunicarlo inmediatamente a la empresa para que no pueda usarse de forma fraudulenta. Si por causas no imputables a la EMPRESA, es necesario expedir una nueva tarjeta, el usuario deberá abonar la cantidad fijada en concepto de sustitución.
  3. Control de acceso por barrera automatizada con identificación de matrícula y apertura con tarjeta.
  4. Plaza asignada: El usuario contrata una plaza de aparcamiento numerada con las características contratadas, durante su estancia únicamente puede utilizar la plaza asignada. No se permite el cambio de plaza, salvo que lo requiera directamente a LA EMPRESA y se le pueda asignar otra de igual características.

Artículo 6. Planes de servicios. (Tarifas)

La contratación de la plaza de aparcamiento se realiza por una cuota horaria dentro de un Plan de Servicio el precio puede variar según temporada (Alta, Media, Baja) y ocupación. El precio fijado incluye el IVA vigente. La tarifa día se determina la entrada a las 18:00 hasta las 18:00 h del día siguiente.

  • Plan de Servicio 1 DIA (24H) o 2 DIAS (48h) dispone de plaza de aparcamiento y los servicios.
  • Plan de Servicio VACIADO Y LLENADO: 1/2 hora para servicio de muelle. (no dispone de plaza)
  • Plan de Servicio SLEEP@GO, a partir de las 22 h, contratación en la recepción según disponibilidad
  • EARLY CHECK-IN con cargo según disponibilidad

La contratación del plan de servicio check-in (entrada) se realiza a través del quiosco ubicado en la zona de recepción. El usuario deberá abonar antes de acceder al Área el importe correspondiente al servicio contratado.

El usuario está obligado antes del límite horario contratado a realizar el check-out (registro de salida) en el quiosco de contratación ubicado en la zona de recepción, con el retorno de la tarjeta de acceso podrá salir definitivamente del área con la aproximación del vehículo a la zona de barreras.

El usuario debe abandonar el Área, según el horario establecido en el contrato.

En caso se superar el límite horario contratado se le aplicara una penalización por hora o fracción, disponiendo de 15 minutos de cortesía para la salida del vehículo.  Si pasadas 48 h ante esta situación, la empresa puede retirar el vehículo del aparcamiento, llevarlo a un depósito e inmovilizarlo, aplicando el coste correspondiente de recuperación. Según la legislación el Área puede aplicar los impuestos, tasas o cargos al usuario que sean de aplicación de acuerdo con las normativas que este sujeto.

La empresa queda facultada expulsar del Área y rescindir el contrato unilateralmente al usuario, en el caso que el usuario incumpla alguna de las condiciones generales previstas en este reglamento, así como poner el hecho en conocimiento de las autoridades por si el mismo pudiera ser objeto de infracción administrativa o penal, sin perjuicio de iniciar las acciones oportunas para reclamar los daños y perjuicios que se hubieren causado.

Artículo 7. Entrada, circulación, estacionamiento y salida.

Para el acceso de vehículos al ÁREA, el usuario debe utilizar el dispositivo de acceso (tarjeta RFID), emitida por el quiosco de contratación en la zona de Recepción, aproximándolo al lector ubicado en la entrada y salida del aparcamiento, al igual que en los accesos peatonales.

En los accesos y dentro del ÁREA, el usuario tiene que respetar estrictamente:

  1. Las normas del Código de Circulación y preceptos legales o reglamentos complementarios.
  2. La señalización del tráfico, tanto vertical como horizontal.
  3. La señalización indicada de cualquier tipo, instalada por la empresa.
  4. Las indicaciones efectuadas verbalmente por los empleados del aparcamiento
  5. Las indicaciones hechas por escrito mediante carteles.
  6. Las normas de este reglamento.
  7. La velocidad máxima de circulación en el interior del aparcamiento no podrá ser superior a 10 km/h.
  8. No se permiten adelantamientos entre vehículos, salvo que se trate de sobrepasar un vehículo detenido y la circulación lo permita.
  9. La conducción marcha atrás sólo se permite en las maniobras necesarias para el estacionamiento del vehículo y, como carácter excepcional, en casos de absoluta necesidad.
  10. Cuando el vehículo esté aparcado, el conductor tiene que apagar el motor y dejar puesto el freno de mano.
  11. En caso de avería, el usuario tiene que comunicarlo al personal de la empresa y seguir las indicaciones que le indiquen si el vehículo interrumpiera la circulación normal.
  12. El conductor debe respetar la buena vecindad con las plazas contiguas.
  13. Cuando por la causa que sea se finalice el contrato de aparcamiento, el usuario tiene la obligación de retirar el vehículo del área de aparcamiento.

Para la salida definitiva del Área, antes del límite horario contratado, debe devolver la tarjeta de acceso al quiosco de contratación. La salida definitiva del vehículo se realiza con apertura de barrera automatizada al aproximar el vehículo a la zona de barreras.

 

Artículo 8. Normas Utilización del ÁREA

La utilización del ÁREA comporta el cumplimiento de las siguientes normas:

  1. El ÁREA estará abierta según el calendario operativo las 24 h del día en dos horarios:

        Horario de día: de las 7 a las 23 h, de libre acceso y circulación.

        Horario de descanso/silencio: de las 23h a las 7 h, en que estará prohibida la entrada, la circulación

De vehículos y la utilización del Muelle.

En el horario de descanso/silencio, la puerta principal se mantendrá cerrada. En caso de emergencia es posible la salida del vehículo con el accionamiento conjunto de las barreras de acceso. En la zona de control está indicado el número de teléfono de atención al cliente para cuestiones de funcionamiento y seguridad.

  1. La estancia deberá ser abonada antes del acceso al ÁREA. Al contratar el servicio en el quiosco de contratación se emite una tarjeta RFID como dispositivo personal de acceso para el acceso y los servicios. La tarjeta es propiedad de la empresa y debe retornarse en el check-out (registro de salida). Durante la estancia su pérdida o deterioro supondrá la adquisición de una nueva.
  2. El usuario está obligado a realizar el check-out (registro de salida) en el quiosco de contratación y devolver la tarjeta rfdi.
  3. Los usuarios sólo pueden ocupar la plaza de aparcamiento contratada. Si un vehículo ocupara más de una plaza o impidiera la utilización de otras plazas – ya sea por sus dimensiones, colocación incorrecta u otros motivos- tendrá la obligación de abonar el importe correspondiente al total de plazas ocupadas.
  4. La distribución de las plazas de aparcamiento viene detallada en el plano situado en la zona de control, perfectamente numeradas y acotadas, estas no podrán ser modificadas ni alteradas en las marcas o señalizaciones que pudiera tener.
  5. La plaza está destinada para el estacionamiento de un sólo vehículo, no posibilitando el uso de más vehículos en la misma plaza, aunque las dimensiones lo permitan.
  6. Los usuarios podrán utilizar el servicio de vaciado de aguas, respetando las instrucciones de uso y las señalizaciones, durante el horario de día.
  7. Los usuarios podrán contratar el servicio de electricidad, en las plazas habilitadas para ello, respetando las instrucciones de uso y abonando si es el caso la tarifa correspondiente. En el caso de utilización fraudulenta de la instalación, como la conexión de elementos de calefacción eléctrica tipo calefactor, radiador o similar, puede ser sancionado económicamente.
  8. Las calles de circulación, zonas de peatones y en general los elementos comunes del aparcamiento, son de uso común y no pueden ser ocupados por vehículos o partes de estos, ni tan sólo provisionalmente, de manera que tienen que estar estacionados correctamente dentro de su plaza, sin salirse de las marcas que las delimita.
  9. LA EMPRESA no asumirá los daños que puedan causar los usuarios a las instalaciones del ÁREA, a otros vehículos, a propiedades y/o a otros usuarios, por dolo, culpa o negligencia o infracción de las normas establecidas en este reglamento y/o legislación aplicable.
  10. En caso de avería del vehículo estacionado, se puede autorizar el acceso gratuito de un mecánico para su reparación. La duración de este acceso tiene que ser el mínimo indispensable para que el vehículo salga del aparcamiento por sus propios medios y, si no fuera posible, permitir el acceso

gratuito de un vehículo grúa – de dimensiones adecuadas- para que pueda retirar el vehículo averiado y trasladarlo a un taller.

  1. El aparcamiento dispone de cámaras de vigilancia con grabación con el único fin de garantizar la seguridad de los usuarios. El usuario podrá en cualquier momento ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999 mediante notificación escrita a la siguiente dirección: FAUST-TOUR SL -PL Lledoner 5- 17257 Torroella de Montgrí (Girona). La empresa pondrá a disposición del cliente las imágenes cuando por motivos de seguridad y/o siniestros sea requerido, siempre que disponga de las mismas. Los costes derivados de copia de imágenes serán asumidos por el solicitante, salvo que sea requerido por las fuerzas de seguridad o aquellas otras situaciones que FAUSTOUR SL considere necesario. Las imágenes se tratarán de acuerdo con los protocolos de la legislación vigente.

Artículo 9. Derechos de los usuarios:

  1. Conocer los precios de los distintos servicios antes de su contratación.
  2. El usuario que contrate este servicio tiene derecho a la ocupación de una plaza de aparcamiento por el tiempo que tenga contratado. Para permitir el acceso al ÁREA y entregar el dispositivo de acceso (tarjeta RFID) la EMPRESA debe haber recibido la contraprestación económica por la prestación del servicio contratado.
  3. Todos los usuarios, en el momento que obtengan el dispositivo de acceso (tarjeta RFID), tienen derecho a usar las instalaciones comunes dispuestas: accesos de peatones, aseos, servicios, etc.; aunque alguno de estos, por razones de seguridad, puedan estar controlados por el personal del aparcamiento, al que deberá pedir la habilitación correspondiente. Asimismo, tienen derecho a la utilización de las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad – sin amparar los daños producidos por terceros- y a un trato esmerado y educado por el personal del aparcamiento.
  4. El ÀREA dispone de un número de plazas para la utilización de clientes con movilidad reducida de acuerdo con la legislación vigente. Los usuarios que soliciten/utilicen dichas plazas, deberán acreditar que tienen derecho de uso
  5. A disponer de hojas de reclamaciones y de incidencias, debidamente reglamentadas, donde puedan expresar aquellos aspectos del aparcamiento o de la gestión que no consideren adecuado: ya sea porque hayan menoscabado su derecho de uso, porque consideren que contravienen este reglamento, por problemas de mantenimiento o por cualquier otra consideración que crean oportuno reseñar. Estas hojas de reclamaciones y de incidencias podrán ser entregadas tanto en las oficinas de FAUSTOUR SL como en el Centro de Control del aparcamiento, si bien únicamente se podrá acusar el registro de entrada en las oficinas de FAUST-TOUR SL.
  6. Se admite la entrada de animales domésticos, con las siguientes condiciones, de cuyo cumplimiento ser responsabilizaran sus dueños:
  • Deberán estar siempre atados y nunca solos.
  • No generaran molestias al resto de usuarios del ÁREA
  • No podrán realizar sus necesidades fisiológicas ni ser limpiados dentro del perímetro del ÁREA, incluyendo la parcela que tenga asignada el vehículo.

Artículo 10. Obligaciones de los usuarios:

  1. Someterse a las normas particulares del AREA encaminadas a mantener el orden y el buen funcionamiento, observando las normas lógicas de convivencia y orden público
  2. Respetar y hacer un buen uso de las zonas verdes e instalaciones del ÁREA, así como velar por su buen mantenimiento, salubridad y limpieza y evitar el derrame de líquidos y vertido de cualquier tipo de residuo fuera de papeleras o puntos de recogida.
  3. Todos los usuarios tienen que seguir las indicaciones del personal de control y mantenimiento del aparcamiento, que puede limitar el acceso a determinadas plazas o modificar las condiciones de tráfico si se dieran causas justificadas.
  4. Pagar los servicios utilizados de acuerdo con las tarifas y condiciones establecidas.
  5. Abandonar el ÁREA al final de la estancia
  6. Adoptar las debidas precauciones para la salvaguarda de sus pertenencias y valores.
  7. Disponer de un extintor individual contra incendios
  8. Disponer de un seguro de responsabilidad civil a terceros
  9. Disponer de los correspondientes permisos de gas butano y/o propano.

 

Artículo 11. Prohibiciones:

Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, en el ÁREA queda prohibido:

  1. El acceso de vehículos de medidas superiores a las plazas de aparcamiento señaladas.
  2. El acceso de personas que no utilicen los servicios en la zona de estacionamiento, muelle o recepción, ni la permanencia innecesaria de éstas una vez utilizados los servicios.
  3. La introducción de materias combustibles, inflamables o peligrosas, a excepción del carburante del depósito del vehículo del usuario.
  4. La circulación de peatones por las rampas de acceso y salida de vehículos. Los peatones deben utilizar obligatoriamente los accesos que estén destinados para ellos y cuando vayan por el aparcamiento, lo tienen que hacer por las zonas habilitadas a este efecto.
  5. Encender fuego de leña, carbón o cualquier otro tipo de combustión, así como el uso de barbacoas.
  6. Perturbar la estancia de los demás usuarios.
  7. Practicar juegos o deportes que puedan molestar a los demás
  8. Verter líquidos y/o abandonar residuos sólidos urbanos fuera de los recipientes y lugares destinados a ellos.
  9. Atar o fijar cuerdas, cadenas o similares a los árboles, setos, vallas, grifos, etc.
  10. Instalar cercados o vallas en la parcela, así como cualquier otro elemento que no haya obtenido previa autorización.
  11. Hacerse acompañar por animales que no hayan sido autorizados, ni dejarlos andar sueltos por el área. En cualquier caso, será responsabilidad del propietario la buena higiene y conducta del animal.
  12. Está prohibido en la plaza de aparcamiento (y en cualquier zona del área) la instalación de tiendas de campaña, avanceros, casetas u otros objetos similares.
  13. Manipular el cuadro de luz o las conexiones eléctricas de las plazas habilitadas, la utilización de cables o conexiones no normalizadas o deterioradas, respetando todas las indicaciones de riesgo por electrocución.
  14. Conectar cualquier elemento de calefacción eléctrica (calefactor, radiador o similar).
  15. Manipular cualquier elemento de infraestructura de la zona del Muelle, estacionamiento y recepción.
  16. El acceso a las dependencias o instalaciones de servicio interno de la empresa, sin autorización previa del personal del aparcamiento.
  17. Realizar cualquier clase de actos que puedan dañar o perjudicar la propiedad, higiene o aspecto del ÁREA

Artículo 12. Responsabilidad. Daños

  1. La EMPRESA asumirá frente al usuario y durante el tiempo de ocupación, los daños materiales causados por los elementos propios del ÁREA, mediante la cobertura de una póliza de RESPONSABILIDA CIVIL.
  2. La EMPRESA no se hace responsable de los robos, actos vandálicos, sustracciones o daños de cualquier tipo de que puedan ser víctimas los usuarios. Tampoco responderá de los daños causados por incendios ocasionados por los/as propios/as usuarios/as, incidencias atmosféricas o cualquier otra causa ajena
  3. El conductor y el propietario del vehículo serán los responsables de todas las lesiones y daños que puedan ocasionar con el vehículo a personas, vehículos, instalaciones, estructuras, etc. al ÁREA y a los accesos. Los usuarios tienen la obligación de informar enseguida a la EMPRESA de los daños o lesiones que hayan producido o presenciado. También es obligatorio comunicar los daños o lesiones que puedan producir los usuarios o cualquier persona que se encuentre dentro del recinto o en los accesos del aparcamiento.
  4. Los usuarios causantes de accidentes tienen la obligación de suscribir antes de salir del aparcamiento, una declaración normalizada donde consten los daños y perjuicios ocasionados.
  5. Los usuarios asumirán y serán los responsables de los daños que puedan causar a las instalaciones del ÁREA a otros vehículos y/o a otros usuarios por dolo, culpa o negligencia o infracción de las normas establecidas en este reglamento y/o legislación aplicable.

 

Artículo 13. Interpretación. Reclamaciones

El usuario que desee formular alguna reclamación, deberá exponerla por escrito incluyendo:

  1. a) Nombre y apellidos del interesado junto con su DNI, pasaporte o permiso de residencia del reclamante y la identificación del medio preferente o del lugar que se señales a efectos de notificaciones.
  2. b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
  3. c) Lugar y fecha y hora.
  4. d) Firma del solicitante.

LA EMPRESA se reserva el derecho de interpretar el presente Reglamento ante cualquier situación que presente dudas, siendo sus decisiones en tal sentido definitivas.

 

L’Estartit, Enero del 2022